jueves, marzo 29, 2007

Los divorcios tendrán una sola audiencia y serán más rápidos

(Clarin, 29 de marzo del 2007).

DERECHO Y FAMILIA : LA CAMARA DE DIPUTADOS APROBO UNA MODIFICACION PARA SIMPLIFICAR LOS TRAMITES

Los divorcios tendrán una sola audiencia y serán más rápidos


Hasta ahora eran tres obligatorias, aunque en muchos casos no se hacían. Además, los jueces ya no tendrán que intentar conciliar a la partes. Con el cambio, los juicios podrían reducirse hasta seis meses.

Por primera vez desde su sanción, hace casi 20 años, la Cámara de Diputados modificó la Ley de Divorcio. El cambio legal apunta a agilizar las sentencias. Se estima que ahorraría a quienes quieren divorciarse hasta seis meses de trámites y podría, incluso, abaratar los costos.

Con este cambio, quienes quieran divorciarse deberán cumplir con sólo una audiencia de conciliación para manifestar la voluntad común de romper el vínculo conyugal. Actualmente, las audiencias pueden llegar hasta tres y demorarse, como mínimo entre tres meses cada una.

Lo que modificaron ayer los diputados fue el artículo 236 del Código Civil. Fue una votación rapidísima, holgada y que no tuvo debate en el recinto. De todos modos, para que sea ley ahora el Senado debe darle su sanción. Ayer, fuentes oficialistas en esa cámara estimaban que también tendría una rápida aprobación.

En Diputados, el primer cambio a la actual ley de divorcio fue avalado por 134 votos a favor y sólo 2 negativos que, curiosamente, salieron del mismo bloque de diputados K: los formoseños Juan Carlos Díaz Roig y Rodolfo Roquel. La decisión tuvo 4 abstenciones, tres de ellas de la bancada oficialista (Ariel Dalla Fontana, María Lucía Osorio y Carlos Snopek) y una del radical Oscar Aguad.

La modificación no surgió a partir de una iniciativa del Gobierno sino que se originó a partir de la conjunción de dos proyectos de la arista Marcela Rodríguez y la radical Alicia Tate. Es decir, E implica varios cambios a la redacción actual:



Suprime la obligación del juez de intentar conciliar a las partes en las audiencias celebradas en los procesos de divorcio. Esto es, que ya no sería su función intentar evitar el divorcio.


El juez se limita a verificar que ambas partes quieran romper el vínculo conyugal. Ya no tendrá la facultad, como ahora ocurre, de indagar respecto de las razones que llevaron a los cónyuges a decidir romper su vínculo.


Si en la audiencia se presenta uno solo de los cónyuges, vale de todos modos la decisión conjunta de divorciarse, sólo que ambas partes deben presentar un escrito manifestando este común acuerdo hasta dos meses después de la realización de esa audiencia.


Se suprime la existencia de una segunda audiencia o más. Ahora sólo será necesario la primera.
El juez ya no necesitará argumentar que hay "causas graves" para sentenciar la ruptura del vínculo.

Los legisladores argumentaron que, en la práctica, no se realiza más de una audiencia salvo en los casos en que la separación es muy conflictiva o cuando hay disputas en torno a la tenencia de los hijos si los hubiera.

Los cambios introducidos no modificaron ningún contenido en torno a las obligaciones de los padres respecto de las cuotas de manutención de los hijos en casos en que haya descendencia en el vínculo matrimonial en proceso de ruptura.

En Diputados hay otros proyectos que apuntan a introducir nuevos cambios en la legislación de divorcio. Por ejemplo, el que pretende que ya no sea obligatorio un plazo mínimo de tres años de matrimonio para que ambos cónyuges manifiesten su voluntad de separarse. Los cambios avalados ayer podrían abrir la puerta para que esta otra iniciativa también logre venia en la Cámara Baja.


NOTA DE P. DE H: Otro paso más para consolidar la disolución de la familia. En este caso se trata, de eliminar la última instancia que podía hacer que los integrantes de una pareja que pretendían divorciarse, reflexionen, y eventualmente, desistan de ello e intenten seguir adelante con el matrimonio. Pero para los tiempos que corren resulta más sencillo disolver dicha institución sin tanto trámite. Eso sí...no se olviden de que más gente pueda casarse...por ejemplo los homosexuales...

1 comentario:

Anónimo dijo...

Divorcio Rápido en República Dominicana

(Sólo Para Ciudadanos Extranjeros y Dominicanos Residentes en el Exterior)

El Divorcio Rápido en Republica Dominicana

Divorcios en horas es completamente posible en Republica dominicana, donde las legislaciones permiten que ciudadanos extranjeros de cualquier parte del mundo puedan separarse legalmente a través de un procedimiento judicial simple.

El divorcio rápido en Republica Dominicana está amparado por la ley 1306-BIS de fecha 21 de mayo de 1937. Solo podrían divorciarse con la modalidad rápida o al vapor, aquellos extranjeros o ciudadanos residentes en el exterior que deseen divorciarse de mutuo consentimiento, o sea que ambas partes estén de acuerdo en separarse de forma legal.

Personalidades recoincidas como Marc Anthony, Jane Fonda, Elizabeth Taylor, Diana Ross, Mariah Carey Silvestre Stallone, entre otros fueron aconsejados por sus abogados dado que los Divorcios en Republica Dominicana en la gran mayoría de los países del mundo incluyendo Estados Unidos, Canadá, Europa etc.

http://www.wdalaw.com/espanol/divorcio-rapido.html